EVALUACION.
Podemos definir la evaluación como el
proceso sistemático y planificado de recogida de información relativa al
proceso de aprendizaje de los alumnos, al proceso de enseñanza, al centro
educativo, etc., para su posterior valoración, de modo que sea posible tomar
las decisiones oportunas de ajuste, reconducción etc.
La normativa vigente sobre la
evaluación se halla en la LOE, artículo 28 (modificado en la LOMCE), en los Criterios
de Evaluación que aparecen en el Decreto 69/2007 de Castilla-La Mancha. Además
hay que tener en cuenta la Orden de 4-06-07 de la Consejería de Educación y
Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación
Secundaria Obligatoria (DOCM de 20-06-07) y la Orden de 09/06/2009, de la
Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del
alumnado en el bachillerato en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
(DOCM 15-06-09).
El modelo de evaluación adoptado en el
actual marco curricular, por tanto, supone la extensión del objeto de la
evaluación (desde los alumnos y su rendimiento, hasta la totalidad de elementos
que intervienen en los procesos de enseñanza-aprendizaje) y una clara
orientación a la regulación y la toma de decisiones para la mejora de los
procesos educativos en su conjunto.
Las características que debe cumplir todo proceso evaluador:
a) Ser útil, dado que facilitará no
sólo información sino también soluciones.
b) Ser factible ya que se realizará
con los medios disponibles en el centro.
c) Ser fiable pues proporcionará datos
válidos y fidedignos.
d) Ser contextual ya que se debe
adaptar a la realidad.
La evaluación ha de ser continua e
individualizada
En el marco de la presente
programación, nos centraremos en la evaluación de los procesos de aprendizaje y
enseñanza.
1) Evaluación del proceso de aprendizaje
La evaluación de los
procesos de aprendizaje de los alumnos puede ser
Criterial. Cuando se refiere a los procesos y
resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se interpretan y valoran
comparándolos con los objetivos previamente fijados. Es decir, nos permite
saber el grado de consecución de esos objetivos para, a partir de ahí, juzgar
si el aprendizaje es suficiente o insuficiente. Además, en la evaluación
criterial personalizada, se comparan los procesos y resultados del aprendizaje
del alumno, no sólo con los objetivos previstos, sino también con las propias
capacidades del sujeto (aptitudes, actitudes, conocimientos previos, etc.), de
manera que se puede valorar si éstos son satisfactorios o insatisfactorios
(evaluación conforme a autorreferencias).
Normativa. Cuando se refiere a los procesos y
resultados de los aprendizajes de los alumnos, éstos se valoran e interpretan
comparando el rendimiento de cada alumno con el logrado por los demás miembros
del grupo-clase (normalmente con la media del rendimiento del grupo).
La Orden
del 04/06/07 de la Consejería de
Educación y Ciencia por la que se regula la evaluación del alumnado en la Educación Secundaria
Obligatoria define los procedimientos que hacen efectiva la evaluación en
virtud de lo establecido en la Disposición final del Decreto 69/2007 de 29 de mayo que establece y ordena el currículo
de la Educación Secundaria Obligatoria en Castilla La Mancha, de acuerdo con el
Real Decreto 1631/2006, de 29 de
diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación
Secundaria Obligatoria y determinan los principios y características de la
evaluación y promoción en esta etapa. Según esta base legal la evaluación del
aprendizaje de los alumnos deberá ser criterial, global, continua y
formativa, utilizando para ello diversas técnicas.
1.1. Fases del proceso de evaluación.
Las fases de este proceso de evaluación del aprendizaje son:
1.-
Evaluación inicial o diagnóstica orientada
a recabar información sobre sus capacidades de partida y sus conocimientos
previos en relación con un nuevo aprendizaje, para de este modo adecuar el
proceso de enseñanza a sus posibilidades. Suele utilizarse normalmente al
inicio de un período de aprendizaje (etapa, ciclo, curso, unidad didáctica,
etc.).
2.-
Evaluación formativa o procesual,
se orienta al ajuste y adaptación continuos del proceso de enseñanza y aprendizaje
en el momento en que estos se producen. Supone por tanto la recogida y el
análisis continuo de información, de modo que se puedan introducir las
reorientaciones y autocorrecciones precisas. En este tipo de evaluación
interesa, por tanto, verificar los errores, dificultades, ritmos de
aprendizaje, logros, etc. de los alumnos, de modo que se pueda proporcionar de modo
eficaz ayuda y refuerzo a la construcción de los aprendizajes.
3.-
Evaluación sumativa o final,
se orienta a determinar el grado de consecución que un alumno ha obtenido en
relación con los objetivos fijados para una materia o etapa. Se realiza habitualmente,
por tanto, al final de un proceso de enseñanza-aprendizaje, y se vincula a las
decisiones de calificación, promoción y titulación. También cubre finalidades
estrictamente pedagógicas en la medida que permite establecer la situación de
un alumno en relación con los objetivos y contenidos necesarios para afrontar
con éxito futuros aprendizajes.
1.2. Criterios de evaluación de 3º de la ESO.
Los criterios de evaluación responden
a la pregunta ¿Qué evaluar? y se pueden definir como “Una
selección de las capacidades consideradas como básicas (de las expresadas en
las expectativas de logro) y de los contenidos más relevantes que contribuyen a
desarrollar dichas capacidades”,
es decir son indicadores en donde se
establecen los aprendizajes que se consideran necesarios y significativos según
el ámbito de concreción curricular de que se trate.
Las características más importantes de los criterios de evaluación son:
·
Son
orientadores, ya que establecen el
tipo (capacidad) y grado (nivel de exigencia/profundidad) del aprendizaje,
respecto a los contenidos planificados.
·
Son
prescriptivos.
·
Sirven
de referencia en los distintos
momentos de la evaluación (diagnóstica o inicial, formativa o de proceso y
final o sumativa)
·
Regulan una determinada etapa del proceso de
enseñanza y deben ser públicos porque tienen que ser informados tanto a los
alumnos como a la familia.
En el Anexo II del Decreto 69/2007 de 29 de mayo aparecen los
criterios de evaluación para la ESO:
1.3. Procedimientos e instrumentos de evaluación del aprendizaje de
los alumnos.
La valoración del rendimiento educativo de los alumnos emerge
del principio de "evaluación continua" establecido en la normativa
vigente. Para llevarlo a cabo se hace necesario el uso de unos procedimientos e
instrumentos de evaluación
Los procedimientos e instrumentos de evaluación deben:
- Ser variados
- Dar información
concreta sobre lo que se pretende.
- Utilizar distintos
códigos (orales, escritos, icónicos,
gráficos, numéricos,...).
- Ser aplicables
en situaciones habituales de la actividad escolar.
- Algunos deben poder ser aplicados tanto por el profesor
como por los alumnos en situaciones de autoevaluación o de coevaluación.
Los procedimientos
de evaluación responden a la pregunta “¿cómo evaluamos?” y pueden ser:
§
La
observación directa y sistemática de
las actitudes personales del alumn@ al comprobar si asume responsablemente sus
deberes, participa activamente en el desarrollo de las clases y mantiene un
comportamiento respetuoso con los compañeros y el docente.
§
La
comprobación del aprendizaje del
alumno mediante actividades de evaluación que demuestren la actitud positiva
ante el estudio, la asimilación de los contenidos, la adquisición de destrezas
y el enriquecimiento de habilidades.
§
El
control de lectura, para comprobar
si el alumno ha llevado a cabo las actividades de ampliación encomendadas por
el profesor.
§
La
revisión y análisis del trabajo del
alumn@ en la resolución de las tareas y actividades propuestas por el profesor,
trabajos de investigación, exposiciones orales y escritas etc., tanto en casa
como en clase, llevadas a cabo de forma individual o en grupo.
Los instrumentos
de evaluación responden a la pregunta “¿dónde evaluamos?” y pueden ser:
§
El
diario de clase incluirá las
apreciaciones positivas o negativas del profesor en la
observación directa y sistemática de las actitudes del alumn@ y la revisión de
las actividades en casa y en clase del alumn@.
§
Pruebas específicas de evaluación en las que se combinen distintos tipos
de actividades de manera que la respuesta exija el razonamiento, utilización de
diferentes técnicas o manifestación de actitudes concretas y, en algunos casos,
memorización de conocimientos
§
Pruebas específicas de control de
lecturas como
exámenes tipo test o pruebas escritas con preguntas de comprensión lectora y
valoración de la lectura, elaboración de un trabajo siguiendo las pautas de una guía de lectura o elaboración
de una ficha de lectura.
§
Ficha del alumno en la que se anotarán distintas
informaciones relativas a los datos extraídos de la evaluación inicial, resultados
de las pruebas específicas de evaluación y control de lectura, resumen sobre la
valoración de la revisión y análisis del trabajo, y de la actitud del alumno,
así como cualquier observación pertinente.
1.4. Indicadores de evaluación
En la actualidad se utiliza el concepto indicadores de la educación en
contextos muy diferentes y haciendo referencia a realidades muy diversas:
·
La
OCDE viene publicando una serie de indicadores internacionales de la educación,
en unos volúmenes de periodicidad anual que llevan el título genérico de Education
at a Glance / Regards sur l’éducation y que en los meses finales de cada año
provocan diversos comentarios en la prensa general y en la especializada de los
países participantes.
·
La
Unión Europea está elaborando unos indicadores de calidad con el propósito de
valorar el grado de cumplimiento de los objetivos establecidos para los
sistemas educativos europeos en el año 2010 (los denominados Objetivos de
Lisboa).
·
En
las universidades españolas se utilizan los indicadores con vistas a su
acreditación.
·
En
los centros educativos se utilizan los indicadores teniendo en perspectiva su
evaluación externa.
Definición
Según el Diccionario de la Real Academia Española define
al indicador como aquello “que indica o sirve para indicar”, mientras que este
último término es a su vez definido como "dar a entender o significar una
cosa con indicios o señales". Una definición parecida proporciona el
diccionario Larousse, que define al indicador como aquello “que indica, que
permite conocer” o “que sirve para indicar”.
Por su parte, el Oxford Dictionary lo define como “una cosa que señala
algo” o “un tablero que da información sobre la situación actual”.
Sin embargo, en el ámbito educativo, el concepto indicador es un término polisémico, uno
de los que tanto abundan en el lenguaje educativo y que tienen una amplia
variedad de significados y de usos.
·
Una
estadística de interés normativo
directo que facilita la formulación de juicios concisos, exhaustivos y
equilibrados sobre la situación de los principales sectores de la sociedad.”
(Departamento de Salud, Educación y Bienestar de los Estados Unidos 1969).
·
Oakes los define como un dato o una información general (aunque no
forzosamente de tipo estadístico) relativo al sistema educativo o a alguno de
sus componentes capaces de revelar algo sobre su funcionamiento o su salud
(Oakes, 1986).
·
La
OCDE lo define como un valor numérico utilizado para medir algo
difícil de cuantificar (según Reginaldo Zurita).
Hay incluso debates sobre si un indicador debería ser un dato de carácter cuantitativo, o quien
considera eso un error.
Por tanto, los indicadores pueden entenderse como un nuevo instrumento que sirven para
representar o analizar una parcela de la realidad social, en este caso la
educativa por dos motivos:
è Su carácter sintético
è Su orientación hacia la toma de
decisiones.
Pero su uso también ha acarreado críticas, como la de José Félix Angulo, quien piensa que los
indicadores constituyen un instrumento
vinculado a una conducción tecnocrática de la educación y poco útil para la
mejora de la práctica educativa (Angulo, 1992).
Los indicadores de
la educación deben cumplir una serie de requisitos técnicos básicos.
·
En
primer lugar, deben referirse a rasgos estables del sistema
educativo, permitiendo así la comparación a lo largo del tiempo y la
construcción de series longitudinales.
·
En
segundo lugar, deben suministrar una información relevante y
fácilmente comprensible para diversas audiencias, no necesariamente compuestas
por especialistas.
·
En
tercer lugar, su elaboración y cálculo debe ser viable en términos del tiempo, el
coste y la experiencia que requieren.
·
En
cuarto lugar, deben contar con suficiente aceptación y
credibilidad entre sus destinatarios y usuarios.
Los indicadores aspiran a constituir una representación sintética de una determinada realidad, su principal utilidad debería ser la de
ofrecer una perspectiva general acerca del estado o la situación de la misma.
De acuerdo con esa idea, no se puede
esperar de los indicadores que expliquen
todos los aspectos de la realidad que abordan, ni mucho menos que expresen
las relaciones de causalidad que se establecen entre sus diversas variables.
Lo más que cabe razonablemente esperar, y no es poco, es que representen de manera coherente dicha
parcela de la realidad, que destaquen sus puntos fuertes y débiles, y que
permitan un cierto grado de comparación y el estudio de las tendencias
principales que se detectan en dicho ámbito. Por ese motivo, el uso de los indicadores se ha extendido
con fines de diagnóstico,
Su aplicación más habitual en el mundo de la educación se
ha producido en relación con los centros docentes y con el conjunto del sistema
educativo. Lo novedoso es que el anexo IV del Decreto 69/2007 utilice el
término “indicadores” aplicado al
proceso de evaluación.
Textualmente dice:
3. Los criterios de evaluación de las materias serán referente fundamental
para valorar tanto el grado de adquisición de las competencias básicas y la
consecución de los objetivos. El Departamento de coordinación didáctica recoge
de forma explícita en la Programación didáctica los contenidos mínimos que el
alumnado debe alcanzar y los criterios a la hora de establecer la calificación
final diferenciada de cada disciplina. Para abordar ambas decisiones se debe
tener en cuenta:
§
La
identificación, dentro de cada uno de
los criterios de evaluación, de aquellos
contenidos que han de actuar como indicadores para realizar la evaluación.
Estos indicadores pueden ser graduados en niveles de dificultad para determinar
el nivel de competencia alcanzado por el alumnado (desde la excelencia a la
insuficiencia).
§
La
elaboración de instrumentos de
evaluación, ajustados a esos indicadores, que permitan calificar, con
actividades habituales como herramienta, cuál es el nivel de competencia que
tiene el alumnado, para conocer de una manera real lo que éste sabe y lo que no
sabe, así como las circunstancias en las que aprende.
§
La
definición de los criterios para obtener la calificación diferenciada parcial
(de cada evaluación) y final, incluyendo la obtenida en todos los criterios de
evaluación y ponderando, en su caso, el valor de cada uno de ellos en el
conjunto. Los criterios para tomar esta decisión no son independientes y deben
ser consensuados.
4. La calificación debe responder a criterios
objetivos, que permitan al profesorado informar de forma directa cuales son
las circunstancias que determinan ese resultado. La implicación del propio
alumnado en todo el proceso evaluador, para que pueda aprender del error y
asuma la responsabilidad del éxito y el fracaso, puede contribuir a fortalecer
esta objetividad. Son herramientas eficaces:
§
La
información sobre contenidos mínimos y de los criterios de calificación para
determinar la evaluación diferenciada, como una guía orientativa básica.
§
La
incorporación de instrumentos de evaluación que permitan la corrección
inmediata del error y la comunicación inmediata al alumnado, mediante la
autoevaluación, la evaluación mutua o la coevaluación.
§
La
información a lo largo de todo el proceso de evaluación mediante informes
descriptivos individualizados.
Criterios de calificación.
Tal y como está previsto
en la normativa vigente, los alumnos serán evaluados teniendo en cuenta:
·
los criterios de evaluación (publicados en DOCM 01/06/2007)
·
los indicadores en los que se concretan tales criterios
·
y los procedimientos e instrumentos de evaluación establecidos por
el departamento.
A tal efecto, nuestro
propósito es garantizar la objetividad del proceso y facilitar la labor tanto
del docente a la hora de calificar, como la del alumno a la hora de ser
calificado.
·
Los procedimientos y las pruebas de evaluación de todos los
niveles integrarán distintos
bloques de contenido, de tal manera que una misma prueba permita
observar y evaluar el grado de consecución de las competencias del currículo.
·
En todas las pruebas escritas habrá tanto contenidos
conceptuales como procedimentales, es decir, preguntas teóricas y prácticas, de forma que
desde 1º de ESO los alumnos sean capaces de dar definiciones, características o
generalidades sobre un tema. De la misma manera, y de forma gradual desde 1º,
se trabajará tanto la expresión oral como la escrita, así como la elaboración
de esquemas y borradores, a partir de
los cuales se llevarán a cabo las sucesivas revisiones de las producciones
propias, contribuyendo a una correcta
planificación de las mismas.
Los bloques de contenido
de la materia de Lengua Castellana y Literatura establecidos en el currículo
(DOCM 01/06/2007) son:
- COMPETENCIAS ORALES: ESCUCHAR Y HABLAR
- COMPETENCIAS ESCRITAS: LEER Y ESCRIBIR
- EDUCACIÓN LITERARIA
- CONOCIMIENTO DE LA LENGUA
El modelo sincrético que el departamento propone a hora de
evaluar, se concreta de la siguiente manera:
A) Los indicadores referidos a estos cuatro bloques supondrán un 70% de la calificación.
|
Por lo que se refiere
a la expresión escrita,
todos los alumnos deberán mostrar una correcta ortografía, adecuada a su
nivel, de forma que en cualquiera de las producciones escritas que se
realicen, se tendrá en cuenta el respeto por las normas gramaticales y
ortográficas, así como una presentación cuidada (Criterio de evaluación
número 4).
A tal efecto, se
aplicará la siguiente reducción por ortografía y expresión:
Los contenidos ortográficos teóricos se
trabajan en diversas unidades didácticas y en distintos cursos de Secundaria,
mientras que la corrección ortográfica
es fruto de un proceso de asimilación progresiva y acumulativa, por lo cual
no es posible deslindar en unidades didácticas su uso o el interés por su
uso.
Es decisión de nuestro Departamento que
la teoría ortográfica se evalúe en las unidades didácticas y que la
corrección ortográfica se evalúe en todas las producciones escritas del
alumno a lo largo del curso. De ahí que en todos
los cursos de la ESO se podrá descontar
de la nota (en cada prueba) hasta un
máximo de dos puntos, aunque se dará la posibilidad de subir (hasta un punto) la nota de
evaluación, o de alguna prueba concreta, a los alumnos que tengan, en
general, buena expresión.
Consideramos, por tanto, que la corrección ortográfica es un
indicador necesario para que el alumno adquiera el grado de suficiencia en la materia. A este respecto, a los alumnos con especiales problemas
de ortografía o expresión, se les harán recomendaciones específicas que les
permitan mejorar. En cualquier caso, se tendrá en cuenta la
evolución del alumno, así como una progresión positiva a este respecto.
|
B) El 30% restante de la nota se obtiene a través de otros
indicadores, que evalúan no sólo la competencia lingüística, sino el desarrollo
de otras competencias básicas, como la de aprender a aprender, la de autonomía
e iniciativa personal y la competencia emocional. En este marco, señalamos que las lecturas establecidas por el
departamento para cada curso, constituyen un indicador mínimo para superar la materia. La lectura es una actividad esencial e
irremplazable para consolidar destrezas que tienen que ver con la competencia
lingüística, la cultural y artística y la de aprender a aprender. Si un alumno
no lee, no puede adoptar modelos de uso de la lengua para mejorar su propia
competencia lingüística; muestra desinterés por nuestro patrimonio cultural y
lingüístico y por otras habilidades
esenciales en la formación del alumno, absolutamente necesarias para
desenvolverse en una sociedad donde pueda defender sus derechos y
responsabilizarse en el ejercicio de sus deberes.
|
El alumno debe demostrar
que ha leído los textos propuestos, superando las pruebas que se hagan a tal
efecto (exámenes, trabajos…) manifestando, además, una actitud crítica y
haciendo uso de una correcta expresión y presentación, de acuerdo con el
nivel en el que está. Si se diera el caso de que un alumno superara todos los
exámenes de evaluación, pero suspendiera por ortografía las pruebas
específicas de las lecturas, se le dará
la posibilidad de recuperar (con un máximo de cinco) la nota de las
lecturas en una prueba oral antes
de la evaluación, con el fin de que pueda llevar en el boletín de notas una
calificación positiva. Si el alumno no demuestra que se ha leído los libros,
se le dará la posibilidad de recuperar las lecturas (sin necesidad de
examinarse de los contenidos de toda la evaluación) en un examen específico
de recuperación, después de la evaluación. La puntuación de esta prueba no se
hará sobre cinco, sino sobre diez, dándole al alumno la posibilidad de
mejorar su nota de evaluación.
|
Tienen también la
consideración de indicadores en este
apartado: el trabajo diario dentro y
fuera del aula, la actitud ante la
asignatura (participación e interés en clase, implicación en las actividades
que se propongan…).
Tendrán una valoración
específica las lecturas que el
alumno realice con carácter voluntario, de las que dará cuenta a
través de una exposición oral o escrita.
Cualquier prueba de evaluación podrá
considerarse suspensa si existe constancia de que el alumno ha copiado (sea
cual sea el procedimiento: a través de móvil, cambiando hojas en el examen, copiando trabajos de internet…), ha
permitido que otros copiaran de su trabajo, o ha utilizado procedimientos
ilegítimos con el propósito de mejorar sus resultados. En tal caso le corresponderá la
calificación de 0 puntos en dicho examen, nota con la que se le hará media.
2) Evaluación del proceso de enseñanza.
La evaluación de este proceso se centrará
en la labor docente del profesor, en la programación y en las unidades
didácticas. Podrá ser:
a)
Autoevaluación. Durante
el proceso de enseñanza-aprendizaje y al final del mismo se hará un análisis
que responda a las siguientes preguntas:
·
¿Ha
sido adecuada la relación profesor-grupo?
·
¿Se
considera idóneo el planteamiento didáctico diseñado para el aprendizaje de
esta unidad en cuanto a los objetivos planteados, los contenidos programados,
secuenciación, etc., o hay algún aspecto que deba ser modificado?
·
¿Se
han obtenido resultados idóneos en la mayoría de los alumnos del grupo,
alcanzando las capacidades programadas?
·
¿Se
han atendido razonablemente las necesidades de los alumnos con menor capacidad
de aprendizaje?
·
¿Han
sido atendidos los alumnos con sobredotación o al menos con mayores demandas
que la generalidad del grupo?
·
Observo…. Me cuestiono…
b)
Heteroevaluación. La
opinión de los alumnos recogida de manera directa en el diario de clase, en
cuestionarios una vez al trimestre etc.
c)
Coevaluación En las reuniones semanales de Departamento, donde se revisarán los
aspectos que lo requieran de la Programación Didáctica. Cada mes, una sesión de
Departamento se dedica a la reconsideración de la Programación didáctica,
realizando los ajustes oportunos a la misma. También se realizan consultas
sobre la Programación a los profesores de los departamentos más afines para la
coordinación de los contenidos comunes o relacionados. En enero se efectúa un
estudio de las calificaciones globales de todo 3º de ESO, comparando los
resultados entre grupos y con la prueba inicial. Se realizan los ajustes
necesarios para mejorar los procesos y para que los ritmos de enseñanza sean
similares.
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